¿Cumple tu ERP con la nueva ley antifraude?
La ley antifraude, con su entrada en vigor el 11/10/2021, deja claras una serie de aspectos que todo programa informático ERP debe cumplir de forma imperativa, si quiere evitar algún tipo de sanción. El objetivo no es otro que evitar la manipulación de cualquier dato contable. No obstante, todavía queda pendiente la publicación del Reglamento, donde se especificará de forma clara qué es la alteración de registros.
El apartado que concierne a los ERP está contenido el número 21, mediante un nuevo artículo 201 bis. A su vez, el estar ubicado en esta sección hace que no sea efectivo hasta tres meses después de la entrada en vigor de la ley. Esta información queda recopilada en la parte final del texto legal, en la disposición final séptima.
¿Qué requisitos tiene la ley antifraude?
La ley antifraude expone una serie de aspectos e infracciones, recogidas en el BOE, que hacen referencia a los programas informáticos ERP.
En primer lugar, se recalca que son susceptibles de sanción aquellos ERP que permitan llevar contabilidades distintas o no reflejar, total o parcialmente, la anotación de las diversas transacciones.
A su vez, también se penalizan los ERP que faciliten registrar transacciones diferentes a las anotadas, así como la propia alteración de dichas transacciones. Por lo tanto, estas alteraciones de los registros incumplen la normativa.
Por último, la ley antifraude recopila que será motivo de infracción la posesión de un software ERP que no cumpla con las especificaciones técnicas. Asimismo, dichas características recogidas por el BOE son: “integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de registros”. También se recalca la obligación de que la legibilidad de los documentos sea plena por parte de los órganos competentes de la Administración.
En conclusión, será motivo de sanción la tenencia de ERPs “no certificados”, pues la disposición reglamentaría así lo recoge. También serán punibles aquellos que modifiquen los certificados y los que no se ajusten a la reglamentación. Además, las infracciones que se recogen en dicha ley serán catalogadas como graves.
¿Qué sanciones para ERP se disponen en la ley antifraude?
En lo que se refiere a las infracciones y requisitos que se han mencionado anteriormente, hay que destacar que se sancionarán con una multa de 150.000€. Esta cifra se verá multiplicada por el número de ejercicios económicos en los que se produzcan ventas y por cada tipo de sistema punible.
Por otro lado, la ley antifraude deja meridianamente claro que la tenencia de un programa ERP “no certificado” se sancionara con una multa fija de 50.000€ por cada ejercicio.
Microsoft Dynamics 365 Business Central, dentro del marco legal
El ERP estrella de la compañía estadounidense nace con unas premisas y requisitos éticos muy claros. Entre ellos, destacan el compromiso con la integridad y la transparencia en términos contables. Por lo tanto, Microsoft Dynamics 365 Business Central impide de forma efectiva la supresión de transacciones o la manipulación de las mismas.
Asimismo, es imposible alterar ningún tipo de registro en el seno del ERP de Microsoft, lo que impide la elaboración de una “Contabilidad B”. De esta forma, se ajusta a los siguientes criterios recogidos por la reglamentación: “integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de registros”.
Por lo tanto, si estás pensando en implantar una solución de gestión empresarial en tu compañía, desde DAVISA ofrecemos las soluciones basadas en Microsoft Dynamics 365 Business Central para que no te quedes al margen de la ley antifraude y puedas competir digitalmente en el mercado.
Independientemente del sector al que pertenezca tu empresa, ya sea construcción, producción o logística, en DAVISA tenemos la solución adaptada a tus necesidades. Y, por supuesto, siempre dentro del marco legal.